jueves, octubre 20, 2022

Las nuevas formas de esclavitud (2)

Es la deriva natural de una actuación que en el siglo XIX se basaba en un novedoso principio, el desarrollismo económico, que curiosamente estaba en manos de los esclavistas tradicionales y que no dudaban en marcar unos principios sociológicos que presentaban a los pueblos que no habían entrado en el mismo como pueblos subdesarrollados que debían plegarse al sacrosanto principio del libre mercado, cuya proyección no tendría fin. El libre comercio era el nuevo dios en el que todos debían creer, y las naciones motoras del mismo, los enviados que aportarían todos los bienes. Y a ello dedicaron toda una escuela filosófica, el capital acumulado en el tráfico de esclavos, un ejército de cipayos que controlaba todo tipo de actividad en cada una de las naciones libres, y si era menester, un ejército tradicional y poderoso contra el que nada podían hacer los ejércitos de farándula que los amos permitían tener a los pueblos sometidos, y que sólo servían para controlar a la población.

Y la actuación en ese sentido ya había empezado antes de decretar la supresión del sistema esclavista tradicional.  Una actuación que tiene un nombre: colonialismo. Y junto al colonialismo, como motor principal, el mercado libre... o más exactamente el control del mercado por parte de quienes justo en esos momentos habían abandonado el control de la trata.
En esa dirección se descubren diversas actuaciones. La primera fue el desarrollo del plan de 1711 para la humillación de España, que se llevó a efecto en las guerras separatistas americanas y que hicieron estallar en pequeños pedazos fácilmente controlables el poderoso imperio que en su momento supo anular las acciones que para la consecución de lo ahora conseguido llevaban efectuando desde el siglo XVI a través de las armadas de piratas.
Y el primer paso para la dominación de África fue la toma de Sierra Leona y la creación de un estado títere con los esclavos que echaban de Inglaterra, y podemos calificar como segundo paso en el objetivo de controlar el mundo, la adquisición, en 1875, de las acciones egipcias del Canal de Suez, hecho que se llevó a cabo por la acción combinada del primer ministro británico, Benjamin Disraeli con la banca Rothschild, lo que dio lugar a un crecimiento desmesurado de la deuda egipcia, que sólo pudo verse saldada con la venta de esos derechos privilegiados.
Sería el punto de partida que ocho años después, en 1882, posibilitó la colonización británica de todo Egipto, lo que le abría la puerta principal para la dominación de África.
En 1926, fue firmado el Convenio para Suprimir el Comercio de Esclavos y la Esclavitud que amplñiaba el Convenio de Saint Germain de 1919.
Y todo ello en un contexto mundial de aplicación de las nuevas formas esclavistas que no obstante muestran grandes semejanzas con el sistema aplicado en las plantaciones azucareras que Inglaterra y Holanda prodigaron por el Caribe. Una persona pasa a ser propiedad de otra y sus hijos heredan la misma condición. Pueden cambiar de capataz, pero no de dueño...  Tienen libertad para dar su apoyo a uno de los partidos políticos que gentilmente ha puesto a su disposición el amo.
Y para ratificar esa situación, para dar satisfacción y tranquilidad a los esclavos reales que hoy caminan por las calles incluso conduciendo vehículos de lujo, en 1948 redactan leyes asegurando que

Ningún individuo estará sujeto a la esclavitud o servidumbre; la esclavitud y el comercio de esclavos estarán prohibidos en todas sus formas. (Artículo 4 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobada por la Asamblea General de la ONU en 1948)


Pero esa ley, que no llega sino a una máxima, es de imposible aplicación tanto en el conocido como tercer mundo como en el primero. Diversas circunstancias hacen que la esclavitud siga vigente en el mundo entero, con características propias que diferencian la esclavitud del primer mundo con la del tercero, siendo que en éste es más evidente la pervivencia de alguno de los antiguos métodos.
Y esa pervivencia es la que hace que se sigan proclamando leyes que declaran, de forma eufemística, la supresión del asunto. Así, al amparo de esa declaración de 1948, en 1950, cuarenta estados firmaron el Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, que señala  nadie será detenido en la esclavitud o servidumbre.

Texto completo: https://www.cesareojarabo.es/2019/10/las-nuevas-formas-de-esclavitud-texto.html

0 comentarios :

 
;