jueves, diciembre 01, 2022

El tribunal del Santo Oficio de la Inquisición



Pocas instituciones a lo largo de la Historia han sido tan vilipendiadas como la Inquisición española pero, ¿está justificada esa inquina?

Para poder llegar a alguna conclusión es menester el estudio del asunto, pero nos encontramos con un inconveniente: Los archivos fueron destruidos de forma metódica., siendo hoy inexistentes los de Barcelona, Córdoba, Valencia, Zaragoza, Mallorca, Logroño, Murcia, Toledo, Valladolid, Madrid, Lima, México, Cuba y Cartagena de Indias… pero a pesar de ello, la labor de destrucción, forzosamente, y dada la magnitud documental generada, no podía cumplirse en su totalidad, existiendo diseminados por todo el mundo libros que ayuden a recomponer la Historia.

Además, el archivo del tribunal de Cuenca existe y es accesible casi en su totalidad, gracias a un alma anónima que lo rescató en 1808 tras haber sido diseminado por el suelo por las tropas francesas, que lo utilizaron como cama y lo dejaron en el sitio al haber sido desalojados militarmente de la ciudad.

Además, hubo ediciones de libros que relataban el completo desarrollo de determinados Autos de Fe, y cuyo expolio total era difícil de llevar a cabo, siendo que hoy están al alcance de los curiosos.

Todo ello nos permite tener acceso a la realidad y determinar con un grado de precisión cercano al 100% qué fue y qué hizo el Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición.

La Inquisición fue creada en 1229, en Languedoc, como medio de combatir la herejía cátara, y como medio de protección de la población. Y posteriormente se extendió por toda Europa, menos por Castilla, que la implantaría el año 1478, momento en que toda Europa se felicitó por el hecho.

Y es ésta Inquisición, que se extendería por todo el Mundo Hispánico, la que venimos a tratar.

¿Y por qué acabó imponiéndose?… La España del siglo XV reclamaba la unidad del estado, y la religión era lo único que podía unir estados tan dispares como los reinos que componían la nación que sería la garantía del derecho internacional: España.

En esos momentos, un atentado a la religión era observado como un atentado al estado. Algo nada nuevo, por cierto, siendo que con la nueva Inquisición se garantizaba una paz social desconocida en otros lugares, y era un claro elemento vertebrador. Tengamos en cuenta por ejemplo, que en esos mismos tiempos, la guerra de religión de Francia causó muchas más muertes que todas las Inquisiciones juntas. Igual ocurrió en Alemania. España salió prácticamente ilesa de esta plaga gracias a la Inquisición.


También es necesario considerar que el empleo de la fuerza para combatir a los disidentes ha sido algo corriente en todas las culturas y confesiones. Basta pensar en la intolerancia de Lutero contra los campesinos alemanes, que produjo decenas de miles de víctimas; o en las leyes inglesas contra los católicos; o en la suerte de Miguel Servet, quemado por los calvinistas en Ginebra. Hay que decir, para ser justos, que ése era el trato normal que se daba en aquella época a casi todos los delitos. En esto coincidían tanto Lutero como Calvino, Enrique VIII, Carlos I o Felipe II. Y fuera de Occidente ocurría algo muy parecido.

¿Qué diferencia a España, y a la Inquisición, de todos ellos? Que la Inquisición daba unas garantías jurídicas inexistentes en los otros casos, lo que posibilitó que el número de víctimas de las inquisiciones europeas fuese escalofriantemente superior al número de víctimas de la Inquisición española, implantada en los cinco continentes.

Los motivos que indujeron a la instauración del santo tribunal se hunden en las últimas décadas del siglo XIV y en las primeras del XV, cuando eran constantes los alborotos. Los años que precedieron el reinado de los Reyes Católicos no fueron precisamente tranquilos, y los artífices de la Unidad Nacional se propusieron zanjar la cuestión con un instrumento que lograría calmar todos esos excesos.

Durante todos estos años, las confrontaciones, también doctrinales, se prodigaron. Pablo de Santa María, antiguo rabino mayor de Burgos, argumentaba en 1432 a favor del cristianismo, sin fomentar odio alguno contra sus antiguos correligionarios, que le respondieron considerándolo traidor y apóstata. 

El siglo continuó con esas tiranteces, finalmente resultó aprobado el Santo Tribunal por el Papa el 1 de noviembre de 1478, pero no comenzó a actuar hasta 1480, no contra los judíos, sino contra los falsos conversos del judaísmo, cuyo nombre, “marranos” es una derivación de la palabra judía “mahram” justamente aplicada por los judíos militantes a quienes renegaban de la religión mosaica.

Sin embargo, y a pesar de no actuar nunca contra los judíos, la Inquisición ha sido presentada como una institución de persecución racial. Esa creencia se ve manifiestamente negada por la realidad de la ingente cantidad de personajes que trufan la historia de España, y que desde el mismo Fernando el Católico llevaban sangre judía. 

La inquisición no entendía de sangre, sino de sentimiento, y si en algún momento llegó a exigirse estatuto de limpieza de sangre, aparte de no tener explicación, tampoco se llevó a rajatabla en toda la institución ni en todas las instituciones del estado.

Y es que contra lo que comúnmente se cree, el Santo Oficio no juzgaba judíos, musulmanes  o gentes  de otras religiones, sino que procesaba  a católicos, libremente bautizados como tales, que renegando de la fe retornaban  a sus cultos y llevaban un catolicismo aparente. 

Juzguemos con la mente del siglo XVI… Antes de la existencia del Santo Oficio los apóstatas, como en toda Europa, eran sancionados por las autoridades civiles con pena de muerte por hoguera, lapidación, o decapitación así como con la confiscación  de sus bienes. La Apostasía también es castigada por el derecho musulmán. La Inquisición acabó con todo eso.

Y la Inquisición es acusada de utilizar el secreto como arma. Pero es que el uso del secreto fue aplicado al objeto de alcanzar la verdad. Tengamos bien en claro que a lo que más se parece un juicio o a una inquisición del Santo Oficio es a una confesión… llevada a cabo por un confesor terco… de acuerdo, pero con la voluntad de absolver al reo. Para ello se hacía necesario que el inquisidor no comunicase al mismo que era conocedor de aquellos asuntos que le habían hecho actuar. Bien al contrario, pretendía que el reo, motu propio, los confesase, se arrepintiese, y como consecuencia, fuese absuelto.

Pero es que ese secreto se aplicaba también ante los testigos, que debían denunciar no sabían qué ni de quién… y que acababan haciéndolo cuando el reo era culpable de aquello por lo que había sido detenido, sin ellos saberlo. Cuando menos, método llamativo, que tenía el objetivo de proteger tanto al reo, del que previamente se conocía con certeza su culpa, como a los propios testigos, que de otro modo eran perseguidos por los herejes.

En cualquier caso, no se aplicó la Inquisición exclusivamente a perseguir a los falsos conversos del judaísmo; también persiguió los otros tipos de herejía así como la sodomía o el contrabando de caballos. 

Hemos dicho que los reos eran culpables de aquello que eran acusados, y es que la Inquisición no procesaba a nadie de quién no estuviese segura de su culpabilidad, ya que antes de proceder contra él había sido meticulosamente estudiado su caso, que se había producido, no por una denuncia, que nunca podía ser anónima, sino por varias denuncias efectuadas por personas distintas, o por pública actuación herética.

También procesó a inocentes, cierto, entre ellos a Carlos I… por poner un ejemplo. Y a Santa Teresa de Jesús… por poner otro ejemplo… Y resultaron absueltos…

Y debemos tener en cuenta que la Inquisición no nació contra el pueblo sino para responder a una petición de éste como protección ante amenazas externas. Para el hombre medieval, el hereje es el Gran Contaminador, la persona que atrae el castigo divino sobre la comunidad. 

Y esa alarma social fue esencial para la supervivencia en los siglos XVI, XVII y XVIII, cuando las potencias europeas disponían armadas piratas para combatir a España.

En esas circunstancias, la Inquisición fue un arma de doble filo, pues a ella recurrían muchos piratas, conocedores de la benevolencia del tribunal, que no iba a condenarlos por sus actuaciones delictivas, sino por su herejía. El mismo primo de Francis Drake se libró de la horca al caer en manos de la Inquisición en Lima, y como él un buen número de piratas.

Otra pregunta que surge es si la Inquisición era un tribunal político. Por supuesto la pregunta puede producir respuestas divergentes; por mi parte, a pesar de todo, entiendo que la respuesta debe ser afirmativa; tan afirmativa como cuando la misma pregunta se efectúa sobre el tribunal constitucional. De hecho, ambos tribunales cubren una misma función, con objetivos radicalmente distintos, por supuesto, pero en definitiva una misma función. La Inquisición es un instrumento religioso al servicio del estado, y sobre todo es un instrumento del estado al servicio de la iglesia… o al revés.

La semejanza material y sólo material entre la Inquisición y el Tribunal Constitucional, alejadas no sólo en el tiempo sino en los principios, nos hace observar que si la Inquisición tenía unos inquisidores y unos familiares, la democracia tiene unas referencias, pie de rey de democracia, a las que se deben ajustar todas las ideas, y unos palmeros que, como el caso de los familiares de la Inquisición, no tienen en principio beneficios reconocidos, si bien su categoría de familiares les abre determinadas puertas. Sí, también entonces había corrupción… más medida y arriesgada, pero había corrupción.

Pero más que la corrupción hay una cuestión que caracteriza a la institución. La Inquisición resultó ser un elemento esencial en la unificación del derecho procesal español, que venía a consolidar la reforma de los institutos religiosos, y venía a ser una institución situada por encima de todos los fueros, por encima de todas las leyes particulares de cada reino; igual para todos los españoles, con una estructura única y con un mando único. La Inquisición representó por tanto la vertebración de España, la columna vertebral del estado moderno.

Sin embargo, la imagen transmitida y generalizada por la Ilustración nos presenta a la Inquisición como una máquina de matar, pero la realidad se encarga de contrariar esa alegación distorsionadora que cae por su propio peso no sólo al ver la cantidad de casos y la variedad de los mismos tratados por 20 escasos tribunales, sino también por el control y la centralización a que estaban sometidos.

En el siglo XVII la centralización fue tan extrema que llegó a disponerse, en 1647, que todas las sentencias debían ser ratificadas por el Consejo antes de la correspondiente ejecución. Los gastos de los tribunales, a su vez, habrían de estar autorizados por el poderoso organismo, y ello hasta tal punto que, según sabemos, necesitando el tribunal de Valencia un reloj, hubo de solicitar permiso a la Suprema para adquirirlo; la autorización sólo llegó tres años más tarde.”  Parece que si de algo se puede acusar a la Inquisición es de exceso de burocracia, si bien también es encomiable que no multiplicase el número de funcionarios.

En cuanto al número de ajusticiados, los estudios realizados por Heningsen y Contreras sobre las 44.674 causas abiertas entre los años 1540 y 1700, concluyeron que fueron quemadas en la hoguera 1346 personas (algo menos de 9 personas al año… en todo el imperio).

También se habla que las primeras actuaciones en Sevilla fueron feroces y hablan de miles de víctimas… pero esas víctimas no son achacables a la Inquisición… sino a la peste, que se llevó por delante a 15.000 personas.

Aparte las relajaciones, por cierto, muchas en efigie, las penas se cumplían… cuando se cumplían. Las flagelaciones no llegan a efectuarse en muchas ocasiones al considerar el Tribunal que el reo no podría superarlas, y figura en el propio Auto de Fe que el castigo no se inflige… Las condenas a cárcel perpetua en su propio domicilio, o en su propia ciudad… son habituales, y al tratarse de personas que están en relación directa con su confesor, conocen las limitaciones de las sanciones de forma que la “perpetuidad” de muchas sanciones, en realidad se ve reducida a muy breves periodos de tiempo.

¿Y qué podemos decir de su organización y extensión? Constaba solamente de dos o tres inquisidores y de un grupo de empleados en cada uno de los 20 tribunales que se encargaban de toda España. Tenían poder en los pueblos y ciudades, es verdad, pero su poder era limitado, con frecuencia controlado por asociaciones civiles, otras autoridades eclesiásticas y magistrados locales. En el campo, en el que vivían cuatro de cada cinco españoles, tenía poco poder. Los historiadores aseguran que la gran mayoría de los campesinos de las áreas rurales nunca habrían visto a un inquisidor en su vida. Y si hablamos de América… Con esos medios debían controlar millones de kilómetros cuadrados…

Forzosamente, la actividad del tribunal fue baja, siendo que hubo periodos en los que fue nula.

El periodo de mayor actividad es el comprendido entre 1478 y 1520, en el que se solventaron el 50% de los procesos llevados a cabo en toda la vida del tribunal, siendo que desde principios del siglo XVIII la actividad era puramente testimonial.

Y en cuanto a la formación de los inquisidores… No estamos hablando de un cualquiera cuando hablamos de un inquisidor, sino por lo general de un hombre con una preparación cultural, jurídica y teológica de primerísimo orden. Una preparación intelectual que dio lugar al Siglo de Oro de las letras y las Artes.

Con todo lo comentado, es llamativa la atención novelística, que no histórica, que disfruta la Inquisición española en el mundo, cuando sin embargo es posible realizar un cuadro como el siguiente:

Víctimas:

Inquisición (en 350 años y en toda la Hispanidad)……………  1.600 (4,5 por año, para veinte tribunales)

Inquisición protestante……Durante Enrique VIII (en Inglaterra)……. 70.000 

         Durante Isabel I trescientos o cuatrocientos al año.

         Caza de brujas en Alemania, Francia o Inglaterra,        durante el siglo XVII y mitad del XVIII………… 70.000

         Anabaptistas, año 1525…………………. 100.000

Judíos año 116………………………………………... 240.000

Liberalismo…desde 1792…………………………. 8.000.000

Islam…………siglo XX…………………………… 1.130.000

Comunismo……siglo XX….  Más de 120 millones

N.O.M………………Aborto (sólo en un año en España)…………      100.000


Para entender la realidad, pongamos ejemplos de otros ámbitos, por ejemplo el geográfico. Así, El río Escabas, en Cuenca, tiene una cuenca de 706 km2. El Mekong la tiene de 810.000 km2;  el Nilo de tres millones de km2; el Amazonas, de 6,2 millones de km2, o el Misisipi, de 3,2 millones de km2.

Si equiparamos la Inquisición al río Escabas y observamos las citas que cada uno tiene en Internet, veremos que el Escabas tiene 19.500 citas, y la Inquisición 818.000.

¿Qué sucede si hacemos la misma operación con los otros ríos citados, emparejados con persecuciones que les pueden ser equiparables? Veamos: 

Amazonas…5.100.000  citas……………… Inquisición protestante….25.500

Missisippi….24.100.000 citas ……………. Genocidio Bolchevique…..59.300

Nilo……..    26.200.000    citas ………..        Genocidio musulmán…..441.000


Evidentemente, algo falla. Y probablemente, lo que falla es el mismo pueblo español, que no se da cuenta de su grandeza y agacha la cerviz cuando sólo tiene motivos para llevar bien alta la cabeza.


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