viernes, junio 01, 2018

La Inquisición y los judíos


Cesáreo Jarabo Jordán
pensahispa@gmail.com


Por lo general se ha presentado a la Inquisición como una institución, además de injusta, dirigida a perseguir judíos.



La verdad parece no abonar ninguno de los dos asertos. En el capítulo de la justicia, ya hacemos referencia en diversos lugares cuando nos referimos a la legislación civil existente y la comparamos con la legislación inquisitorial. Lo mismo sucede con el tema de las prisiones, y en general en el concepto de justicia, que en la Inquisición no entiende de razas.

En cualquiera de los casos, debemos posicionarnos en un momento histórico; no podemos juzgar con criterios del siglo XXI las actuaciones desarrolladas en el siglo XV; lo que sí podemos es utilizar el filtro de nuestro momento, para aplicarlo sobre la totalidad del momento vivido en el siglo XV, y comparar las actuaciones tenidas por los distintos pueblos en momentos históricos idénticos.

Así, “en la Europa de la primera mitad del Cuatrocientos, el promontorio de desgracias acumuladas parece ineludible a los ojos de cualquier cristiano: epidemias y carestías perpetúan las secuelas de la Peste Negra; la guerra de los Cien Años se torna interminable; el avance turco inquieta cada vez más el orden cristiano; el Gran Cisma, "escándalo de los escándalos", ha dejado como legado la apremiante decadencia moral del clero y del papado. En las décadas centrales del siglo XV dichos males persisten y el peligro parece, incluso, multiplicarse.”

En estos momentos, recordémoslo, existe la Inquisición medieval en toda la Europa cristiana, menos en Castilla, y al margen de la misma, en toda Europa, incluidos los reinos hispánicos, se genera un terrible movimiento antijudío que hace temblar todas las estructuras.

Llegados a este punto, hay que dejar marcados algunos aspectos previos para el análisis de la Inquisición en España:

En lo relativo al pueblo judío:

Siempre se consideraron a sí mismos extranjeros, y en la Edad Media, por propia elección, vivían en guetos sin mezclarse con la población no judía, lo que hacía crecer recelos en la población no judía, que veía en ellos a los recaudadores, y en fin a gente en la que no se podía confiar.

Mantenían voluntariamente las diferencias, aglutinándose en torno a la religión mosaica.
Existía rencor de los judíos hacia el cristianismo por haberse desgajado del tronco común, y de los cristianos hacia los judíos por haber crucificado éstos a Jesucristo y haber reclamado ante Pilatos que la sangre de Cristo cayese sobre ellos y sobre su descendencia.

Ocupaban empleos despreciados por el ideario cristiano: la usura… o el prestar dinero a cambio de un interés; arrendatarios, recaudadores de impuestos. Trabajos no manuales.

Ocupaban otros empleos que, tratando lo desconocido, hacían sospechosos a quienes los practicaban (médicos), y si a ello se unía un error profesional, o una epidemia mortal, como la peste, los hacía especialmente sospechosos.

Y en general no realizaban trabajos manuales. No eran labradores o herreros, sino banqueros, prestamistas, recaudadores, notarios o médicos.

Había judíos desempeñando otras labores, pero el desarrollo de estas labores es la que generó lo que el simplismo llama “antisemitismo”, sin caer en la cuenta que el pueblo español jamás ha sido racista.

Parece evidente que la predisposición al entendimiento, tanto de una parte como de otra, estaba bastante alejada. El pueblo llano, cristiano, cada día desconfiaba más de aquellos a quienes veían medrar en un mundo que consideraban suyo por derecho; mientras que en un mundo que consideraban ajeno, los judíos prosperaban en muchas ocasiones a costa de quienes sí eran considerados de ese mundo por unos y por otros.

Con su actuación, llevada a cabo con mejor o peor intención, eso no vamos a entrar a discutirlo, pero manifiestamente con su actuación, los judíos se habían granjeado la enemistad del pueblo y el apoyo de la monarquía y de la nobleza, que les debían grandes sumas que habían sido prestadas para atender los gastos de la Reconquista y de las banderías existentes entre los señores.

Con un agravante: La actuación de los judíos, tendente en exclusiva a su propio beneficio y ajena a los intereses nacionales los hacía sospechosos de traición. Su permanente lamento de sumisión y persecución en un mundo que les abría las puertas sin reparos, acabó granjeándoles, como en tantas ocasiones y lugares la enemistad de sus huéspedes, que acababan viendo en ellos unos potenciales enemigos en quienes “la esperanza de su liberación y, en algunos casos, de la venida del Mesías a España, se fue acrecentando, a medida que, tras la caída de Constantinopla (año 1453), soñaban con el hundimiento de los reinos cristianos. Para algunos, el Mesías era el turco.”

Y si para algunos judíos el Mesías era el turco, como contrapartida lógica, para algunos españoles el judío era el quintacolumnista en quién no se podía confiar; el espía que estaba dispuesto a facilitar la entrada del enemigo feroz. Y ello no era una sospecha peregrina, máxime cuando tenían el precedente del año 711 cuando habían hecho lo propio con las huestes de Muza ibn Nusair.

Eso la porción culta del pueblo, pero se puede interpretar que la mayoría del pueblo sin cultivar no podía pensar esas cosas. Entones, si la mayoría del pueblo no llegaba a esas cuestiones, ¿qué podía argumentar para manifestarse tan enemiga de los judíos como se venía manifestando en las sucesivas sublevaciones? En ese caso, el pueblo, con una cultura limitada, sólo podía observar que una determinada clase (que como a tal veía a los judíos), medraba en todos los ámbitos; disponía de todas las prebendas, poseía bienes que sólo eran accesibles a la nobleza, y aumentaba su poder al mismo ritmo que decrecía la capacidad de sobrevivir del pueblo llano. Y todo, además, era realizado por un tipo de personas que, contrariamente a lo que hacía la nobleza, no se jugaba la vida en el campo de batalla; no posibilitaba, como posibilitada la acción bélica iniciada por la nobleza, la mejora de la condición de vida del villano que se atrevía a seguirle en sus hazañas. Contrariamente, quién se aventuraba a seguir en sus hazañas a estos seres que acrecían su poder sin acudir al campo de batalla, eran deglutidos por la aplicación de unos intereses usurarios que acababan con la libertad de poblaciones enteras.

Así, durante siglos, la repulsión hacia los judíos crecía, “y las matanzas en grande escala no podían tardar; comenzaron en Aragón y Navarra. Los pastores del Pirineo…hicieron una razzia espantosa en el Mediodía de Francia y en las comarcas vecinas de España… Aquellas hordas de bandidos penetraron en Navarra en 1321, quemando las aljamas de Tudela y Pamplona, y pasando a cuchillo a cuantos judíos topaban… En 1328 pegaron fuego a las juderías de Tudela, Viana, Estella y otras, con muerte de 10.000 israelitas. El incendio se propagó al centro y sur de España.”

Observemos que la Inquisición no entra todavía en acción; nos movemos a principios del siglo XIV, y los pastores del Pirineo asaltan, no las poblaciones cristianas, sino las aljamas; los lugares donde los poseedores del capital se guarecían; no se trataba de arrabales infectos, sino de lo que hoy podrían definirse como urbanizaciones de lujo. Y los pastores no son movidos por un espíritu racista, ellos que están conformados por la fusión de todas las razas que a lo largo de los siglos han pasado por el Pirineo. Los pastores no persiguen a la persona de otra raza: persiguen a aquel que les ha llevado a una situación económica sin salida, que les ha dado préstamos a los que ha aplicado un tipo de interés del 100% anual… o más.

Ni los pastores se movían por cuestiones racistas, ni los judíos sufrían por las legislaciones; Debemos considerar que “en las primeras décadas de la Reconquista cristiana, a finales del siglo XII, Alfonso VIII funda la ciudad de Plasencia, que divide en seis parroquias. Según José Benavides Checa, el monarca, “a la población hebrea dióle su sinagoga y le señaló sitio en la Mota”, en el altozano de la calle Coria. La “iudería” no tiene carácter marginal, según se con¬templa en la rúbrica 335 del fuero.”

Como puede observarse, el aserto realizado líneas arriba no se halla desencaminado; las aljamas, juderías o barrios judíos no son precisamente barrios infectos. Los judíos no son marginados; en todo caso se aíslan de la “chusma”. Ese aislamiento es reconocido por el sector económico, social o racial que lo domina; para el caso, los judíos, pero queda claro que no se trata de un asunto racial, sino de clase social dominante. “En la documentación de la época medieval se utiliza la acepción “jude¬ría” para designar una zona o barrio geográfico de una ciudad, villa o aldea, donde viven los miembros de la comunidad judía, en la que también es frecuente encontrar familias cristianas, como veremos en Plasencia, Coria y Béjar.” 

La actuación de los pastores del Pirineo no era nueva. Y es que los judíos, han tenido una historia escabrosa. Pensemos cómo salieron de Egipto, con Moisés, esquilmando el pueblo que les había acogido; cómo arrasaron Jericó... No olvidemos que fueron expulsados el año 70 de Jerusalén tras haber llevado una historia de “convivencia” con persas, griegos y romanos, conociendo periodos de distinto grado de integración y de enfrentamiento. “Las cifras de las masacres ocasionadas encuentran su punto más álgido en la que llevaron a cabo en Chipre el año 116, donde se cuenta que acabaron con la vida de 240.000 de sus ciudadanos, siendo sometidos por las tropas de Adriano, que acabaron expulsándolos de la isla.

Siempre, en unos pueblos han tenido protección o han sido perseguidos, dependiendo de los intereses de las partes. “Bajo Graciano, Teodosio I y Arcadio, disfrutaron también de la protección del Trono; pero bajo Teodosio II (402-450), envalentonados por su larga inmunidad contra las persecuciones, manifestaron un espíritu de intolerancia y crimen, que condujo a violentos tumultos entre ellos y los cristianos en varias partes del Imperio Romano de Oriente y también, al parecer, a la prohibición de construir nuevas sinagogas y al cese de cualquier cargo público.” 

Las leyes romanas nunca fueron racistas, como nunca fueron racistas las leyes españolas. Lo demuestra el hecho de que, mientras los judíos de religión fueron expulsados de Jerusalén, no fueron expulsados los cristianos de raza judía. “Bajo Caracalla (211-217), los judíos recibieron los derechos de ciudadano; y bajo sus sucesores se fueron eliminando progresivamente las distintas limitaciones que les habían sido impuestas. Incluso las rabiosas persecuciones contra los cristianos de Decio (249-251), Valeriano (253-260), y Diocleciano (284-305), dejaron a los judíos en paz.” 
En el siglo VII, “Durante la invasión persa y la ocupación de Palestina cometieron terribles excesos contra los cristianos pero, finalmente, encontraron un merecido castigo con la persecución que Heraclio, otra vez señor de Judea, inició contra ellos.”
“Durante la minoría de edad de Alfonso XI (1312–1325), los procu¬radores abordan cuestiones esenciales que afectan a la dignidad de los judíos y a los intereses jurídicos y económicos de las comunida¬des hispanohebreas de Castilla (cortes de 1313 y 1315). También las ordenanzas de las cortes de Medina del Campo de 1318 contemplan disposiciones antijudías.” …“En las cortes de Medina del Campo de 1305, los procura-dores lanzan la interdicción a los judíos para que “non fuesen coge¬dores nin sobre cogedores nin arrendadores (art. 9)”…” el soberano Fernando IV ordena que los cogedores de impuesto “sean omes bonos de las villas ricos y abonados, y que judíos non sean cogedores ni arrendadores de pechos” (cortes de Va¬lladolid 1307, art. 16) .”

Leyes que son metódicamente incumplidas por sus mismos redactores, que continúan dando los cargos que están negando… Pero es que no les quedaba otra, porque los reyes y los nobles estaban endeudados con los banqueros judíos, con unos importes que les habían pedido para la realización de actos militares, y a los que los prestamistas le aplicaban unos tipos de interés de escándalo; absolutamente inverosímil, que incluso supera a los tipos aplicados hoy por la banca en concepto de mora. Tipos que incluso llegaban a exceder lo que hoy cobra la banca en comisiones por servicios, en claro uso de la usura.

Así, la animadversión de un pueblo que se sabe expoliado por la usura, indefenso ante los métodos pacíficos usados para el exterminio físico de las personas y de las familias, crece exponencialmente, por lo que “los oficiales recaudadores de la nobleza, clérigos, caballeros y escuderos son el flanco de las iras de los concejos urbanos hasta 1322. A partir de 1377, los municipios sitúan en el centro de sus ataques a los infantes, nobles, caballeros y clérigos, que fomentan la contratación de testaferros judíos. Pero el foco discriminatorio se diri¬ge únicamente hacia judíos y musulmanes, protagonistas estelares de la recaudación contributiva, a cuya sombra sigue operando la nobleza feudal.” 

El inconformismo se hace notar cada vez más, y la incomodidad popular se hace tan evidente que“Juan I suprime la independencia jurídica de los judíos, elimina el viejo privilegio de los tribunales de justicias ju¬díos en materia criminal. Rabinos y adelantados quedan relegados de sus funciones jurídicas a merced de los jueces cristianos, pero mantie¬nen sus derechos en las causas civiles (cortes de Soria de 1380)” 

Dando otro pequeño salto en la historia, Bonifacio IX “nombró a fray Vicente de Lisboa, en 14 de Julio de 1401 para inquisidor general de la provincia de España, y, muerto fray Vicente, decretó por otro breve de primero de febrero de 1402, que fuesen inquisidores generales todos y cada uno de los provinciales dominicanos de la provincia llamada España”

Vamos diciendo, y seguiremos haciéndolo, que la Inquisición no estuvo presente en la totalidad de España hasta noviembre de 1478. Sin embargo, la cita anterior nos dice lo contrario. Bien, ciertamente, el general de los dominicos era el inquisidor directamente nombrado por el Papa, pero al parecer toda la cuestión relativa a los asuntos tratados por la Inquisición tanto en Aragón como en Portugal y en Navarra, era llevado por los obispos en Castilla, y el asunto no tendría solución hasta 1478, a pesar que durante los reinados anteriores, especialmente durante el de Juan II de Castilla, se había intentado la instauración, que se estimada necesaria en extremo dado el desorden existente en la Iglesia.

Un desorden en el que no ocupaba exclusivamente el problema de los judíos conversos, pero que ocupaba un espacio importante en la problemática de los obispos. Y es que “El judaísmo no era una simple cuestión individual. Estaba organizado como una comunidad separada, una microsociedad, al margen de la sociedad cristiana... (y) todavía en los siglos XVI y XVII, España estaba infamada en Europa a causa de las influencias semíticas, en la doble vertiente del semitismo: el islam y el judaísmo.” 

Pero es conveniente que quede clara una cosa: “Para la Iglesia judaísmo era un término religioso, aplicado sólo a aquella parte del pueblo de Israel que había rechazado a Jesús, al Mesías. El bautizado dejaba de ser judío al convertirse en cristiano.”
Por otra parte, la memoria colectiva del pueblo español existía todavía, y todos tenían  muy presente que “los judíos colaboraron estrechamente con el Islam, y así, cuando el Islam invadió España, fueron sus estrechos colaboradores, “gracias a cuya ayuda los conquistadores alcanzaron, en gran parte, sus victorias.”   Esa evidencia, que en siglo XXI es desconocida por la generalidad del pueblo español, se unía a la animadversión ocasionada con motivo de la usura, y el caldo se hacía explosivo.
La animadversión a los judíos a quienes se veía como astutos, taimados, soberbios, codiciosos y resentidos contra los cristianos, se había ido fraguando a lo largo de los siglos, en España, sí, y en Europa también. A los judíos se les vio involucrados en la invasión del año 711, habiéndose beneficiado directamente tras haber caído las ciudades en poder musulmán… Y anteriormente sufrieron la legislación antijudía de los visigodos, propiciada por las actuaciones contrarias de la población judía… y así, hasta determinar qué fue primero, si el huevo o la gallina.

Por otra parte, los hechos generalizados de incultura propiciaban el desencuentro. Si por parte del pueblo cristiano, en gran medida ayuno de cultura, se achacaba a los judíos infamias ciertas e inciertas, por parte judía, asimismo ayuna de cultura, se llevaban a término acciones que posibilitaban las acciones de los primeros; así, “el egemplar de santo Domingo de Val, niño infante de Zaragoza, crucificado en 1250; el robo y ultrages de la hostia consagrada en Segovia, año 1406; la conjuracion de Tole¬do, minando y llenando de polvora las calles por donde había de pasar la procesion del Corpus, año 1445; la del lugar de Tabara entre Zamora y Benavente, poniendo abrojos de fierro en las calles por donde havian de andar cristianos descalzos, clavando puertas é incendiando casas en que habitaban estos; el robo y crucifiacion de un niño cristiano en Valladolid , año 1452 ; el caso igual en un pueblo de señorío del marques de Almarza, cerca de Zamora , en 1454; el otro semejante sucedido en Sepulveda, obispado de Segovia, en 1468; el caso de los ultrages hechos á la cruz en el campo llamado pueroó del Gamo, entre las villas del Casar y de Granadilla, obispado de Coria, en 1488; el robo del niño de la villa de la Guardia, provincia de la Man¬cha, en 1489, y su crucifixion en 1490; el conato de igual crimen evitado por la justicia en Valencia ; y otros casos semejantes con muchas muertes de cristianos atribuidas á judios medicos, cirujanos y boticarios, en abuso de sus oficios, particularmente la del rey Enrique III por su medico don Mair.”

El asunto de la crucifixión de niños fue un tema recurrente que muchas veces ha sido negado y otras tantas confirmado. La verdad es que en tiempos de Alfonso X se les acusaba de esa bestialidad, con toda seguridad inflada por el imaginario popular, hasta el punto que el rey sabio se hace eco del dicho, añadiendo “y cuando no pueden raptar niños, haciendo imágenes de cera y crucificándolas”. No es menos cierto que esta afirmación era recurrente en toda Europa, y que “una investigación reciente en Italia, sobre un suceso de este mismo género, apunta a la responsabilidad de una secta askenazi, es decir, a un grupo muy minoritario, ajeno a la gran mayoría de la comunidad judía”.

No es pues, la idea de racismo la que ha movido, al menos en el mundo de cultura romana, las dificultades que ha tenido el pueblo judío en un momento u otro de la historia. España, sin ir más lejos fue lugar de acogida cuando toda Europa los perseguía, y cuando España optó por expulsarlos, lo hizo con la idea de protegerlos del odio que había brotado en el pueblo llano, no contra los judíos, insisto, sino contra las actividades usurarias que desarrollaban, y que, por la creencia cultural y la creencia religiosa, relacionaban, no con la raza, sino con la religión que permitía el desarrollo de la misma.

A ningún cristiano se le hubiese ocurrido prestar dinero al 100% de Interés. Los judíos lo hacían, y fue un gran logro obtener que ese porcentaje se redujese al 33%... Y lo peor del caso es que la religión mosaica también prohíbe la usura… aplicada a otros judíos, pero la permite aplicada a otros pueblos. Consiguientemente, los judíos, a pesar de haber permanecido en España largos siglos, nunca se consideraron españoles, sino extranjeros… De donde las persecuciones sufridas fueron llevadas a cabo por connacionales víctimas de la usura, contra extranjeros usurarios. No fue, por tanto, a lo que parece, cuestión racial, sino sublevación contra la tiranía opresora de los usureros.

Esa animadversión conseguida a través de siglos de actuación tuvo reflejo, mediado el siglo XIV con la propagación de la Peste Negra.
La peste se propagó por toda Europa con una gran mortandad. En 1348 llegó de Oriente y fue sucedida de epidemias y de malas cosechas hasta finales el siglo XV, lo que provocó una merma de población cercana al 50% de la existente a mediados del siglo XIV. La peste había entrado por Baleares, en Marzo procedente de Oriente y se extendió rápidamente de Tarragona, Barcelona, Valencia Almería, Huesca y Zaragoza, llegando en Octubre a Asturias y Portugal, y en 1350 se cobró la vida de Alfonso XI, en Gibraltar, a la que estaba asediando. La mortandad ocasionada alcanzó límites dantescos, llegando a desaparecer poblaciones completas.
No había motivos razonables, pero la animadversión popular en toda Europa contra la población judía, a quien se achacaba el origen de la epidemia, prendió rápidamente en la sensibilidad popular, propicia a las iras antisemitas. De ahí que en el mes de mayo de 1348, apenas unos días más tarde de la aparición de la peste en la ciudad, el call o aljama judaica de Barcelona fuera asaltado. La ola antisemita se extendió al resto de Cataluña, afectando a los calls de Cervera y Tárrega y, en menor medida, a los de Lérida y Gerona. En tierras de la Corona de Castilla, por el contrario, no hay noticias de furores antisemitas. No obstante, en 1354 se registró un ataque a la judería de Sevilla, pudiendo sospecharse que fuera consecuencia lejana del clima creado a raíz de la difusión de la Peste Negra.  La furia antisemita se había extendido por toda Europa, de donde habían sido expulsados de la mayoría de sus reinos, y en España se produjeron muchas conversiones.

Tras esta hecatombe social cuyas consecuencias fueron doblemente sufridas por el pueblo judío, a quién la peste no respetaba más que al resto de la población, se produjo mucha literatura antijudía y antijudaizante con soluciones pacíficas y violentas que abarcan desde la legislación hasta el cancionero. La naturaleza propia de un pueblo como el español, que había sufrido invasiones, colonizaciones y conquistas, no podía pasar sobre el asunto ni con indiferencia ni con hostilidad. Con virilidad sí; con violencia, también, pero violencia que tenía un claro freno: el arrepentimiento.

Y el arrepentimiento, en el asunto de la peste que el ideario popular había encasillado en la actuación de los judíos, no tenía otra salida que la conversión al cristianismo, lo que acarrearía, como segunda consecuencia en el mismo ideario popular, la renuncia al uso de la usura, con lo que quedaba anulada toda la fuente de perversión que se venía acumulando sobre el pueblo. Ese extremo, con la ayuda de hábiles predicadores, propició que a principio del siglo XV los bautismos de judíos fueran muy numerosos, ciertamente que bajo una presión ambiental indudable.

Presiones, sí, pero presiones que no debieron ser menores que las recibidas en las persecuciones que sufrieron en Europa en el siglo XIV, y donde por cierto no hubo conversiones. “Muy al contrario, cientos de miles de bautizados se obtienen en Castilla y Aragón a raíz de las matanzas de 1391, más aún  a consecuencia de las leyes extraordinariamente discriminatorias de de Fernando IV de Aragón y finalmente en 1413-14 como resultado de la disputa de Tortosa.”

Las persecuciones fueron muy importantes, siendo que hay autores que estiman en más de cien mil el número de judíos sacrificados , exageración que debe ser atendida tan sólo para certificar la importancia del movimiento antijudío que vivió España en esos días, y que otros historiadores sitúan en cuatro mil , cifra igualmente exagerada según otros historiadores. Enrique III castigaría al arcediano de Écija, Fernando Martínez, instigador de la revuelta. 

Lo cierto es que durante el siglo XIV en los reinos hispánicos se refugiaron los judíos que eran expulsados de toda Europa, acusados de haber provocado la peste Negra. Y es que, “la degradación social y económica de los judíos nunca fue tan completa en la península como en otras partes de Europa. Sus actividades culturales continuaron desarrollándose tranquilamente y, salvo ocasionales ataques violentos localizados, sus vidas y sus propiedades estuvieron en general a salvo.”

“En Sevilla, por ejemplo, fueron asesinados cientos de judíos—según el historiador británico Henry A. Kamen: La Inquisición Española: Una revisión histórica—y en otras ciudades como Barcelona y Valencia las cifras según este mismo autor fueron similares 250 y 400 respectivamente.”

En 1379 moría Enrique II “el de las mercedes”, hubo quién dijo que como consecuencia de envenenamiento provocado por un regalo del emir Mohamed de Granada. Protegió a los judíos, a quienes antes había perseguido, y convocó numerosas cortes. Le sucedió Juan I, que vio como era asesinado el judío Jose Pichón, “que ocupaba el cargo de almojarife y contador mayor... ciertos enemigos particulares entre sus propios correligionarios procuraron su asesinato… el sentimiento contra los judíos creció de modo alarmante.”

Pero la legislación protegía a los judíos; así, en el Código de las Siete Partidas, la partida 7 del título 14 de la Ley Sexta reza: “Fuerza sin premia non debe facer en ninguna manera a ningubt judío porque se torne cristiano, mas con buenos ejemplos, et con los dichos de las santas escripturas et con falagos lo deben los cristianos convertir a la fe de nuestro señor Jesucristo, ca nuestro señor Dios non quiere nin ama servicio que sea fecho por fuerza”. Lo mismo establece la ley 2 del título 15 de la misma partida para los moros. En estas normas no se incluía a los herejes. En concreto en el título 26 del libro segundo se condena a la hoguera a los “perfectos” que no se retracten.

“Las partidas intentan frenar el odio popular por el converso e imponen la pena capital (por fuego) a los que maten conversos.”  Lo que parece evidente es que los métodos eran un tanto radicales más o menos siempre, no sólo cuando las víctimas eran de un determinado sector, sino fuesen del sector que fuesen.

Pero no son sólo las Partidas las que protegen a los judíos; así, los Usos y Costumbres del Reino de Aragón decían:  «Otro si mandamos que despues que algunos judios se tornaren cristianos, que todos los de nuestro señorío los honren , et ningun non sea osa-do de retraer á ellos, nin á su linage de como fueron judios en manera de denuesto: et que hayan sus bienes et sus casas partiendo con sus hermanos et he¬redando á sus padres et si los otros sus parientes, bien así como si fueren judios, et que pueden haber todos los oficios et las honras que han los otros cristianos».

Mientras las leyes de protección se extendían, el rencor del pueblo llano iba creciendo. Las ofensas llegaron a entenderse como generalizadas, mientras las predicaciones contra los judíos habían arreciado en el último cuarto del siglo XIV, cuando Ferrán Martinez, que acabaría siendo arzobispo de Sevilla en 1390, animaba a la persecución de los hebreos. En 1391 sería asaltada la judería de Sevilla, y tras ella las de otras ciudades en toda España, al tiempo que se animaba al bautismo, lo que acabó con las juderías de Sevilla, Toledo, Burgos o Palencia, cuyos miembros mayoritariamente se bautizaron o en menor escala huyeron a otros lugares.

En 1391, en la revuelta antijudía que conoció toda España, en Sevilla, la judería fue saqueada sin piedad… la furia se extendió durante aquel verano y el otoño por toda la península… En Écija y en Carmona quedaron totalmente exterminadas las comunidades judías. En Córdoba quedó reducida a cenizas toda la judería. Toledo fue escenario de una horrorosa matanza… Tumultos semejantes tuvieron lugar en otras setenta ciudades de Castilla. En Aragón… se siguió el ejemplo… En Valencia… no quedó vivo ni un solo judío profeso. En Barcelona… la comunidad judía quedó exterminada… el dos de agosto tuvo lugar en Palma una matanza exterminadora. Juan I mandó restituir lo que se les había quitado a los judíos de Barcelona. El motivo de este motín generalizado se encuentra en que la profunda crisis que estaba sufriendo el pueblo estaba motivada, en gran parte, por el fuerte endeudamiento que tenían contraído con los prestamistas judíos, protegidos por el rey y por la nobleza, y que aplicaban tipos de interés legales del 33%, que generalmente eran incumplidos por exceso.

En 1408 se obligó a los hebreos a llevar distintivos y a recluirse en las juderías y, en 1412, la regenta de Castilla, Catalina de Lancaster, prohibió la convivencia entre cristianos y judíos, algo similar hizo el rey aragonés Alfonso V.  “El mandato estuvo repetido en el decreto real del año 1465 pero no se cumplió ni en el territorio de Castilla ni en Aragón.”  Algo que es significativo. ¿Cómo es posible que tras los alborotos sangrientos no se cumpliesen esas medidas que tendían a ser protectoras? Parece evidente que el motivo no era otro sino que los mismos destinatarios de la protección se negaron a utilizarla.

Sea como fuere, y como se deduce de lo comentado, la población llevaba una lucha no precisamente sorda contra los judíos, que con razón o sin ella eran acusados de todo tipo de maldades. Pero a mediados de siglo la situación no había cambiado; los resultados esperados tras el bautismo generalizado de judíos no habían sido efectivos; había llegado un punto en el que no se salvaban ni los judíos ni los conversos, a quienes se acusaba, con razón o sin ella, de no serlo de forma sincera. Había levantamientos en armas contra los judíos en Sevilla, Toledo, Burgos, Valencia, Tudela, Barcelona… Y la Inquisición, que estaba establecida en Aragón, no estaba establecida en Castilla, con lo que la protección de los judíos que vivían en Castilla estaba poco atendida. Sí, la Inquisición protege a los judíos, y siempre lo hizo.

“Y en tal estado de los reinos de Aragón y Castilla, llegamos al año 1449, a Toledo, en donde se produce un enfrentamiento entre dos facciones, la cristiano vieja frente a la cristiana nueva. Y aunque la excusa vino dada de la mano de la petición realizada por Juan II, en boca de su condestable Don Álvaro de Luna, con la exigencia de un millón de maravedíes para la guerra contra Aragón, los encargados de recaudar el impuesto fueron en su mayoría de origen converso. El día señalado para hacer efectivo el pago se produjo el asalto a la zona habitada por estos. La ciudad, en la que encabezaba la revuelta su alcalde mayor Pedro Sarmiento, quedaría en mano de los rebeldes, y aunque los culpables fueron castigados por el rey de Castilla, la situación no volvería a ser como antaño”.

Y es que, aunque la mayoría de las conversiones fueron sinceras, y los nuevos cristianos eran cristianos auténticos, revueltos entre ellos se camuflaban aquellos que generaban el odio de las víctimas de la usura: los usureros, los recaudadores de impuestos, que antes como judíos y ahora como cristianos continuaban con su odiosa labor.

Claro que, la actuación no era llevada en solitario. Álvaro de Luna, “en nombre del monarca, pretende arrancar de la población toledana un millón de maravedíes en concepto de empréstito, con el fin de conseguir los medios económicos necesarios para enfrentar la endémica rebeldía nobiliaria del reino. En este contexto, "por primera vez en España -indica Delumeau- un cuerpo municipal, apoyándose en el «derecho canónico y en el derecho civil» y en la enumeración de toda suerte de crímenes y de herejías cometidos por los cristianos nuevos, decide que, de ahora en adelante, éstos [los conversos] serán reputados indignos de ocupar cargos privados o públicos en Toledo y en su jurisdicción. De este modo nace -según dicho autor- el primero cronológicamente de los estatutos españoles de «limpieza de sangre»". Esta primera revuelta contra los conversos (vistos como socios del poder real) genera una verdadera guerra intestina y un acalorado debate doctrinal y político en territorio hispano, orientado sobre todo a redefinir la condición de los judíos y los "nuevos cristianos" dentro del reino de Castilla.”

Se produce un efecto curioso: Por una parte, el poder real, en manos de una persona capaz, Álvaro de Luna (que por cierto acabará ejecutado por las malas artes de una nobleza avariciosa con un rey incapaz), mueve los hilos para conseguir un bien común, el control de la nobleza, y curiosamente es el beneficiario final de esa medida, quién se revela en contra, soliviantado porque los agentes son los mismos que les vienen esquilmando desde siglos. Sería interesante determinar dónde está el fallo.

El caso es que las diferencias que antes estaban centradas entre judíos y cristianos, ahora se habían complicado a tres bandas, perjudicando muy especialmente a aquellos conversos que lo eran de corazón. “La avenencia entre cristianos viejos y nuevos se hacía imposible. Quién matará a quién, era el problema."

Las campañas anti-judías, que no antisemitas, estaban arreciando fuertemente. Lo que perjudica sobre todo a la verdad, que debía ser la máxima buscada, es que esas campañas no se centraban en la verdad, sino que preferían adentrarse en fantasías, en historias negras que, como posteriormente pasaría con la Inquisición, sólo aportan sombra y mentira, y como consecuencia generan mentes huecas, fáciles de manejar y capaces de digerir como auténticas las mayores barbaridades que se puedan imaginar. “Fray Alonso de Espina, había escrito pocos años atrás su Fortalicium Fidei, donde se recogía toda suerte de bárbaras historias atribuidas a los judíos, quienes, según el autor, serían los aliados naturales del Anticristo en la hora final. En 1478, a su vez, el cura de Los Palacios publicaba una Historia de los Reyes Católicos, de radical tono antisemítico, que ponía de manifiesto el peligro de aquellos conversos que, incluso, se habían infiltrado en episcopados y altos puestos de la jerarquía eclesiástica.”

La propaganda de los predicadores incontinentes desató la indignación popular contra los judaizantes. «El fuego está encendido (dice el cura de los Palacios); quemará fasta que falle cabo al seco de la leña que será necesario arder fasta que sean desgastados e muertos todos los que judaizaron; que no quede ninguno; e aun sus fijos... si fueren tocados de la misma lepra». Terrible llamada a la persecución, que aunque sea motivada por una actuación deleznable, como deleznable era la actuación de los usureros, no tuvo, ni de lejos, la respuesta que llamadas similares tuvieron  en otras latitudes y en otras fechas posteriores.

Lo que sí es cierto es que los judíos españoles, entre predicadores de ese rigor, viven durante el siglo XV bajo la presión del miedo y la ira popular, y así lo manifiestan en sus peticiones de amparo dirigidas a los reyes con evidente angustia, y los reyes, indefectiblemente, atendían. No podían quejarse las aljamas de la protección que siempre les prestaron los reyes de las Españas.

Tras los resultados obtenidos con las conversiones de principios de siglo, todavía más que a los judíos aborrecía el pueblo a los conversos, y éstos se atraían más y más sus iras con crímenes como el asesinato del Niño de la Guardia, que es moda negar, pero que fue judicialmente comprobado y que no carecía de precedentes asimismo históricos.  “En 1490 un judío llamado Juan Yranco vecino de la. Guardia en unión con otros del Quintanar y Tembleque robaron un niño con quien hi¬cieron todas las ceremonias propias de la pasión.”

La autoridad de D. Marcelino Menéndez Pelayo, y el convencimiento de que la estupidez humana es más común de lo que parece, me hace creer el dato.

Como ya hemos señalado en varias ocasiones, “desde el punto de vista jurídico, en España, y en todos los reinos de aquella época, los judíos eran considerados extranjeros y se les daba cobijo temporalmente sin derecho a ciudadanía. Los judíos eran perfectamente conscientes de su situación: su permanencia era posible mientras no pusieran en peligro al Estado. Cosa que, según el parecer no sólo de los soberanos sino también del pueblo y de sus representantes, se produjo con el tiempo a raíz de las violaciones de la legalidad por parte de los judíos no conversos como de los formalmente convertidos, por los cuales Isabel sentía una «ternura especial» tal que puso en sus manos casi toda la administración financiera, militar e incluso eclesiástica. Sin embargo, parece que los casos de «traición» llegaron a ser tantos como para no poder seguir permitiendo semejante situación.” 

Eran extranjeros, no sólo porque la legislación española los considerase como tales, no sólo porque la legislación de los otros reinos, europeos o musulmanes los considerasen extranjeros, sino porque ellos exigían, conforme a su ley, ser tratados como tales. Ellos se consideraban, ante todo y sobre todo, judíos, extranjeros, lo que les facultaba para poder usar de la usura sobre sus huéspedes. Si no se hubiesen considerado extranjeros, según su propia ley no hubiesen podido ejercer la usura.

A la llegada de los Reyes Católicos, éstos se encontraron con un problema que, desde su óptica humana debía dolerles en lo más profundo; a Fernando por su condición de judío de raza, y a Isabel por su condición bondadosa y profundamente cristiana por naturaleza. Ante los jóvenes reyes se presentaba un futuro enormemente esperanzador a la vez que enormemente complicado. Las sonrisas de la esperanza forzosamente se veían apagadas por las complicaciones que a cada paso les iban saliendo, desde la nobleza hasta el clero; desde la reconquista de Granada hasta los conflictos en ciernes con Francia y con el papado. La reforma de los institutos religiosos iniciada por Isabel con la colaboración de Cisneros no era el menor de los problemas… Ni lo era Granada, sobre la que tenían puestos los ojos, territorio que por lógica debía haber sido reincorporado a la corona hacía siglos o como mínimo décadas, pero que la mala política de los responsables había hecho que el asunto perdurase hasta finales del siglo XV. “El Reino de Castilla y Aragón surgido del matrimonio de los reyes todavía no se había afianzado y no estaba en condiciones de soportar ni de controlar una situación tan explosiva, amenazado como estaba por una contraofensiva de los árabes que contaban con los musulmanes, a su vez convertidos por compromiso.”

Tras la toma de Granada, y acosados por la creciente problemática existente en el reino con los enfrentamientos entre judíos y conversos y entre cristianos y falsos conversos, los Reyes Católicos, que primero se vieron forzados a instaurar la Inquisición, conforme era la voluntad del Papa y de un importante sector religioso y político del reino, se vieron forzados a decretar, el mismo año de la toma de Granada, 1492, la expulsión de los judíos, con la esperanza de poder controlar el problema converso.

También en esta ocasión las presiones recibidas por diversos sectores, entre los que destacaba el de los conversos sinceros, que deseaban verse libres del acoso a que eran sometidos, primero por sus antiguos correligionarios, que los despreciaban, y luego por los cristianos “viejos”, que desconfiaban de ellos.

“Como en España prevalecía tanta hostilidad contra los falsos conversos que en secreto eran judíos, no tiene nada de sorprendente que los conversos genuinos se alarmaran e intentaran justificarse contra sus hermanos judaizantes y contra la religión judía en general.”  Pero es de destacar que los “hermanos” de los conversos sinceros no eran los judíos, sino los cristianos, algo que el racismo no acaba de entender, y que el cristianismo tiene muy claro desde que asume que todos somos hijos de Dios.

Ciertamente el enfrentamiento era constante. No había voluntad de entendimiento por ninguna de las partes. En concreto, la actitud de los judíos hacia los conversos queda manifestada en el relato que un judío hace en tiempos del decreto de expulsión de 1492: “muchos se suicidaron y otros mataron a sus hijos e hijas por temor de que cambiasen de religión; otros se apartaron de Yehveh, Dios de Israel.”

Lamentablemente, la tranquilidad estaba lejos de desaparecer del reino de los Reyes Católicos. Tras haber desaparecido el problema judío apareció el problema del criptojudaísmo. La Real Cédula de 20 de Octubre de 1496 prohíbe a los cristianos nuevos arrendar rentas reales o eclesiásticas, y en 1521 se establece que ningún hijo o nieto de condenado a muerte por hereje pueda emigrar a las Indias. El miedo al falso converso lastró la vida del pueblo español, que conforme avanzaba el siglo XV y XVII se dividió en cristianos nuevos y cristianos viejos, siendo una honra ser cristiano viejo y lo contrario, sospechoso de ser judaizante (marrano).

Hay historiadores que entienden que con las medidas inquisitoriales sobre los conversos, “más que desarraigar la herejía, se trataba en realidad de aniquilar una clase social en plena pujanza y que podía representar una amenaza para el poder real o para los estamentos privilegiados.”  La corona estaba llevando a cabo una lucha frontal contra las prerrogativas de los nobles. “Son los nobles los que amparan a conversos y judíos en los momentos de crisis.”   Es una posibilidad que, efectivamente, es factible en una situación similar si es tratada desde una óptica materialista, sea liberal y democrática... o marxista, pero tratándose de los Reyes Católicos, tratándose de una España humanista y cristiana, es más que difícil de asumir, imposible de aceptar. Ciertamente la lucha contra el poder nobiliario y por la afirmación de una concepción humanista y patriota de la vida política eran la clave de la actuación de los Reyes Católicos; por eso las constantes cortapisas o ataques directos a los privilegiados, pero realizar el triple salto mortal y medio para realizar esa afirmación es más propio de una mentalidad liberal-democrática que de un a mentalidad humanista y cristiana.

La sociedad española acogía con los brazos abiertos a los neófitos, creyendo siempre en la firmeza de su conversión. Así llegaron a muy altas dignidades de la Iglesia y del Estado, como en Castilla los Santa María, en Aragón los Santa Fe, los Santángel, los La Caballería. “Ricos e influyentes los conversos, mezclaron su sangre con la de nobilísimas familias de uno y otro reino, fenómeno social de singular trascendencia, que muy luego produce una reacción espantosa, no terminada hasta el siglo XVII. Unas veces para hacerse perdonar su origen y otras por verdadero fervor, más o menos extraviado, solían mostrarse los conversos enemigos implacables de su gente y sangre.

Pero esa implacabilidad de los conversos hacia los judíos de religión, ¿de qué era consecuencia? Parece achacarse la culpabilidad de los enfrentamientos con los judíos a aquel que se enfrenta a los judíos, salvándose siempre la buena voluntad del judío y consiguientemente condenando a la injusticia la opinión o la actuación de quien adopta una postura contraria. No parece justo que tal suceda. Como hemos visto, los judíos que dejaban de serlo, los conversos, eran designados de dos formas por los que permanecían en el judaísmo: “anusim” (forzados) para aquellos que habían dejado el judaísmo por miedo, pero que seguían siendo judíos, y “mahram” (cosa prohibida) que por deformación lingüística derivó en “marrano”, para aquellos que habían abandonado el judaísmo y habían abrazo el cristianismo. ¿Quién atacaba a quién?, ¿quién ejercía la maledicencia sobre quién? Evidentemente, mientras que en la sinagoga se rezaba por los “anusim”, no se era tan piadoso con los “mahram”. Evidentemente, el enfrentamiento con los judíos, por naturaleza, debía estar encabezado por los “mahram”, que eran los primeros destinatarios de las iras judías. Y así sucedería; así, los principales predicadores cristianos contra el judaísmo eran justamente “mahram”, marranos, y como los “mahram” eran mayoría absoluta en los conversos, el reto en el sionismo estaba servido.

Recordemos que, aunque prácticamente nos podríamos situar en cualquier otro momento de la historia,  nos estamos moviendo a caballo entre los siglos XIV y XV. En el curso del nunca extinto y siempre revivido conflicto judío se habían producido en este tiempo una serie de vaivenes; por una parte se había acosado al pueblo judío prohibiéndole ejercer como médicos, cirujanos, tenderos…etc. Pero Juan II  dio en Arévalo una pragmática por la que ponía bajo su custodia a los hijos de Israel… Esa medída debía haber parado el conflicto, pero el sacrilegio llevado a cabo por un judío en Segovia significó el ahorcamiento de algunos rabinos, con un hecho añadido: los ilustres conversos Pablo de Santa María, Alfonso De Cartagena, Fray Alonso de Espina, y otros judíos que habían abrazado el cristianismo eran los que más concitaban los ánimos contra sus antiguos correligionarios.  Como vemos, los “marranos” se levantan contra el acoso a que se ven sometidos por parte de sus antiguos correligionarios, y arremeten contra ellos con  toda la fuerza. ¿Revancha?, ¿acción injusta?... Como señalamos en otros puntos de este trabajo, habrá que determinar qué es primero, si el huevo o la gallina, salvo que la tiranía imperante en cada momento nos obligue a señalar como culpable a alguien en concreto.

“En las cortes de Ocaña de 1469, los procuradores solicitan al mo¬narca Enrique IV la prohibición a los judíos de trabajar en los oficios de los arrendamientos, recaudación, almojarifazgo y mayordomía de la corona y de las casas de la nobleza, y la participación en el arren¬damiento y recaudación de los diezmos y rentas eclesiásticas, pero la corona da la callada por respuesta, dejando el camino expedito a los judíos (art. 21)” …”A juicio de Benzion Netanyahu, “las súplicas de las ciudades a los reyes para alejar de todos los cargos públicos a los judíos deriva igualmente de intereses sociales, económicos y políticos antes que religiosos”. Ciertamente, el móvil religioso no es el objetivo priorita¬rio esgrimido por los concejos urbanos en su batalla por controlar los resortes fiscales de la administración local.”  Personalmente considero que Netanjahu tiene razón en el aserto; en lo que no estoy de acuerdo es en el hecho de que el móvil sea de carácter racial, porque como vengo señalando, España no ha sido nunca racista. Entonces, si no hay motivo racial, pero tampoco hay motivo religioso, como señala Netanyahu, ¿qué motivo queda?... El único motivo es el que vengo señalando desde el principio: la usura.

El poder real, no sólo con Enrique IV, sino prácticamente con todas las dinastías, estaba sometido al poder económico de la minoría judía, que los tenía dominados mediante la concesión de préstamos usurarios que ocasionalmente eran condonados, teniendo siempre la contrapartida de poder ejercer la usura con la totalidad de la población, a la que difícilmente le llegaba esa condonación. La cuestión es que el tipo aplicado a, los préstamos, como venimos señalando era de todo punto inverosímil, motivo, per sé, para provocar un levantamiento popular que pretendiese acabar con esa situación.

Naturalmente, esa medida no es tenida en buena consideración, máxime cuando en la actualidad, en el siglo XXI, el pueblo está sufriendo intereses y comisiones usurarias por parte de la banca y de las grandes empresas de servicios, mientras el poder político, los sindicatos y todos los grupos sociales que se encuentran bajo el paraguas de la democracia, gozan de prebendas sin límite, de subvenciones pagadas por todos y de condonaciones bancarias cuando es menester.

Es el caso que, volviendo al momento concreto en que nos estamos moviendo, los instantes históricos anteriores a los Reyes Católicos, “la influencia judía en la Corte del reino cobra fuerza en los días previos a la mayoría de edad de Alfonso XI, …  En esta tesitura se desarrolla la normativa contemplada en el cuaderno de cortes de Valladolid de 1325. Pero la hostilidad antijudía arrecia en las cortes de 1329 y 1339 —a ésta última asisten los procuradores pla¬centinos Johán Ferrández y Miguel Sánchez— clamando los partici¬pantes contra los intereses prestatarios y el lucro judío.”

Johán Fernández y Miguel Sánchez abonan la tesis que remiten los motivos de levantamiento contra los judíos a los abusos por el lucro injusto. Todo, en gran parte similar a lo que ahora mismo, siete siglos después, está sucediendo en España. La diferencia es que en aquellos momentos, la usura no era una función desarrollada por cualquiera que careciese de alma, como sucede ahora mismo, sino que era desarrollada tan sólo por los judíos.

“La aljama judía constituye una comunidad religiosa y una corporación social autónoma separada del concejo y depende exclusivamente de la corona. Asimismo, es una institución jurídica in¬dependiente que aglutina a todos los judíos de la ciudad sobre la cual no tiene potestad el ayuntamiento. La aljama judía está equiparada al concejo y cabildo eclesiástico en los siglos XIV y XV. Elabora sus propios estatutos basados en las leyes rabínicas de su tiempo que operan de código civil y penal de la sociedad y regulan su vida interna. Los pleitos civiles y criminales entre judíos se celebran en un tribunal exclusivamente judío (hb., bet–din) que administra justicia según las leyes de la Torá, y de acuerdo con las decisiones jurídicas de las autoridades rabínicas coetáneas y las ordenanzas de cada comuni¬dad. Los judíos pueden apelar a un tribunal superior de justicia. Por encima de todas las instituciones de las aljamas de Castilla opera la figura del Rab mayor de la corte, elegido por designación re¬gia. Goza de autoridad para intervenir como juez de apelación en los asuntos jurídicos de los judíos. Pero también participa en la decisión de fijar las tasas fiscales que anualmente abonan las comunidades ju¬días a la corona.” 

Las similitudes con el poder económico vigente en el siglo XXI parecen evidentes. Sustituyamos “aljama judía” por “gran banca”; sustituyamos “judíos” por “banqueros y grandes empresarios” y tendremos algo que nos resultará reconocible.

Por enésima vez, el conflicto entre España y los judíos no puede ser considerado de carácter racial. Debemos volver a considerar que “Era conocida la ascendencia sefardita del rey Católico y éste era ostensiblemente deferente con las gentes de la estirpe de su madre y según don Salvador de Madariaga "Cuando Juan II envió a su hijo Fernando a Sicilia como rey, le había organizado un Consejo compuesto en su gran mayoría de cristianos nuevos; cuando Fernando volvió a la Península para encargarse de la Corona de Aragón, aumentó todavía la influencia y el número de los conversos, cinco hermanos Sánchez, hijos de un judío bautizado, se vieron confiar cinco altas funciones de Estado, entre ellas las de Baile General de Aragón, Gran Tesorero y Maestro de Ración; y téngase en cuenta que hasta aquí solo se trata de meros ejemplos en la larguísima lista de altos funcionarios neocristianos que rodean al rey. En lo militar, Fernando el Católico confió a los conversos los tres cargos de más confianza del país; las plazas de Perpiñán y de Pamplona y el Mando de la flota de Mallorca. La Iglesia de Aragón estaba dominada por los conversos tanto como el Estado o más. El camarero del rey, Cabrero, era converso".  Y su hijo, Juan Cabrero Paternoy, fue camarero real que no se apartó nunca del rey Fernando.

“Literalmente, el rey y la reina vivían rodeados de conversos. ¿Cómo se explica entonces que fuera en tiempos de Fernando e Isabel cuando se ordenó la expulsión de los judíos?”  La explicación es que la expulsión estuvo provocada por principios de seguridad nacional, y por ningún otro condicionante.

“Podemos resumir lo que afirman los dos historiadores reconocidos. En lo que se refiere a los motivos de los Reyes Católicos podemos decir lo siguiente: no se trataba ni de racismo ni de antisemitismo en el sentido moderno de la palabra sino de antijudaísmo. Lo que querían expulsar no era una raza sino un convencimiento religioso.”

España acababa de quitarse de encima la presencia de la dominación musulmana, y se enfrentaba a otros problemas de orden interno y externo. La Conquista de América, de momento, no era algo que llegasen a tener en cuenta, ya que no se había descubierto todavía, pero estaba presente la presumible expansión del reino por África. Las Canarias ya formaban parte del reino y estaban destinadas a ser una plataforma nada desdeñable en el posible salto a África, a la reconquista de la Hispania Turdetana. El reino no podía permitirse la existencia de un conflicto permanente entre parte del pueblo (los conversos) y la minoría judía que, al fin y al cabo, era extranjera.

“A las tensiones internas, se sumaban las presiones externas; enemigos foráneos luchaban con toda clase de armas para socavar el poder español. Este, a su vez, se defendía buscando una cohesión interna, que permitiera presentar un frente monolítico a sus adversarios. La idea de unificación, surgió entonces como meta que había que alcanzar, implicara injusticia, y dolor para una buena parte de los descendientes, aquellos que por generaciones habían ayudado a cimentar la fuerza de reinos.” 

La alternativa presentada por los Reyes Católicos era pulcra. Señores: ustedes son extranjeros por propia voluntad en esta tierra. Si quieren tienen la libertad de integrarse como naturales de la misma, accediendo a los derechos que, hasta la fecha, han sido rechazados por ustedes mismos. Sólo tienen que dejar de entrometerse en la vida de los “mahram” y dejarles vivir tranquilamente su fe cristiana. Para ello han tenido oportunidades a lo largo de siglos. Ahora, si quieren pueden convertirse al cristianismo, y ser “mahram” como ellos, o de lo contrario, su otra alternativa es que abandonen la hospitalidad que durante tantos años les ha brindado el pueblo español. Esa es la traducción ideológica del decreto de expulsión, en el que no se hace mención a las realidades aquí señaladas.

Y la medida fue pulcra y aplaudida a nivel de los principales centros de cultura europeos. No se trata de una medida exclusiva tomada contra derecho, sino en todo caso es la aplicación más estricta del derecho. Los judíos habían sido expulsados de todas partes en Europa, sin haberles concedido alternativa. En España tenían alternativa, que por cierto, fue adoptada por la mayoría de los afectados. Mucho se ha hablado del número de unos y de otros, pero si más de la mitad optó por la conversión, muchos otros volvieron a España después de haber sufrido fuera de España los peores ataques que podían esperar.

Y no podemos juzgar negativamente una medida que no entendemos (yo, que escribo esto, no la entiendo), porque esa mentalidad que es rechazada como intransigente por todos los enemigos de España, era común a todos los reinos de la tierra. Antes, como queda expresado, habían expulsado ellos a los judíos, pero es que después llegaron las guerras de religión a Europa, con las masacres que hacen ruborizar por el horror de sus métodos y por los principios que los arropan, y que, al fin, los súbditos quedan obligados a seguir la religión marcada por el gobernante de turno. No, la expulsión de los judíos no podemos calificarla de encomiable, del mismo modo que no la podemos condenar sin paliativos. Se trata de un hecho histórico lamentable, que como hemos visto tiene sus precedentes y su argumentario, y a quienes lo critican les preguntaría qué solución hubiesen dado ellos teniendo en cuenta que los cestos, en cada momento, se hacen con los mimbres de cada momento; vamos que los mimbres del siglo XXI no pueden ser usados en un cesto del siglo XV… Y señalando que, para según qué cosas, afortunados en el siglo XV por no tener los mimbres del siglo XXI.

Insisto en la injusticia del trato recibido por la monarquía española de los Reyes Católicos, maltrato recibido, por cierto, siglos después de haber fallecido, y por cuenta de quienes en su momento aplaudieron la medida. Tengamos en cuenta que “El imperio otomano fue la única potencia que acogió a los judíos españoles con los brazos abiertos.”

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