lunes, febrero 02, 2026

Concordia de los Toros de Guisando

 


Mediado el siglo XV, el rey Enrique IV de Trastámara era cuestionado por una parte importante de la nobleza, lo que generaba muchas discordias que se alargarían hasta el reinado de los Reyes Católicos. 

A la sombra de un rey apodado “el de las mercedes”, la nobleza se enriquecía de manera alarmante mientras la inseguridad se apoderaba del territorio, y llegaba hasta el propio lecho real.

Siendo príncipe, Enrique había desposado en 1440 con Blanca de Navarra, que tras arrastrar su virginidad hasta 1453, obtuvo anulación matrimonial concedida por el obispo Luis Vázquez de Acuña, tras lo cual Enrique casó en 1455 con Juana de Portugal.

Había ascendido al trono en 1454, momento en que nombró consejero a Beltrán de la Cueva y alejaba del poder a los hermanos Juan Pacheco y Pedro Girón, que pasaron al entorno de Alfonso, hermanastro del rey.

Entre 1454 y 1456 fueron reconquistadas Archidona y Álora, pero Enrique IV suspendió la campaña, más interesado en las fiestas y en los gustos musulmanes, lo que motivó que una parte sensible de la nobleza, entre quienes destacaban Juan Pacheco y Pedro Girón, conspirase en torno a su hermanastro Alfonso

Siete años más tarde, en 1462, cuando Enrique ya era conocido como “el impotente”, Juana de Portugal dio a luz una hija que sería conocida como Juana la Beltraneja, supuesta hija de Beltrán de la Cueva, mayordomo y maestresala del rey, y tres años después en la conocida como “La Farsa de Ávila”, era depuesto simbólicamente Enrique IV y eran reclamados los derechos del infante Alfonso.

Por otra parte se descubrió que el matrimonio con Juana de Portugal era ilegítimo, por lo que aún siendo Enrique IV padre biológico de Juana la Beltraneja, ésta no era heredera del trono.

Pero Alfonso falleció el cinco de julio de 1468. El partido contrario a Enrique IV perdía su adalid, y seguidamente algunos nobles descontentos se sometieron Enrique IV, pero el arzobispo de Toledo, Alfonso Carrillo de Acuña, mantuvo la oposición y proclamó heredera a Ysabel, hermana de Alfonso, y lógicamente, también media hermana del rey.

El problema se agrandaba, porque en principio estaba previsto unir en matrimonio a los dos niños, Juana, la hija de la reina, y presumiblemente de Beltrán de la Cueva, y Alfonso. Ahora quedaba anulada esa posibilidad, porque quién pasaba a ser sucesora al trono era Ysabel, mientras en el entorno de Enrique IV se reclamaba la proclamación de Juana “la Beltraneja”, lo cual apuntaba inexorablemente a una guerra que bajo ningún concepto era admitida por Ysabel. 

El Arzobispo de Toledo exigió que Ysabel fuese nombrada sucesora legal, exigencia que fue cumplida por el rey, que confesó que Juana no fue engendrada por él, que la adúltera Reyna Doña Juana "había concebido de otro varón y no de él".

El conflicto se resolvió amistosamente mediando diversas reuniones celebradas entre representantes del rey y de Ysabel; conversaciones que fueron especialmente intensas a lo largo del mes de agosto de 1468 en las diferentes reuniones celebradas tanto en Castronuño como en Ávila, donde fueron acordados los puntos esenciales que serían sellados en la Concordia que acabaría siendo suscrita el 18 de septiembre siguiente en un lugar emblemático como era el sitio de los Toros de Guisando, monumento de la edad del hierro, composición de la cultura vetona ubicado entre las poblaciones de Cadahalso (hoy Cadalso de los Vidrios, provincia de Madrid), y Cebreros (hoy provincia de Ávila).

No era novedad la elección de un sitio como ese para la celebración de un acto de esa envergadura; de hecho era tradición celebrar al aire libre actos controvertidos, para que fuesen presenciados por el pueblo; así se venían haciendo las juras de los Reyes en Vizcaya, en el árbol de Guernica, y  era común convocar a las poblaciones delante de la iglesia local para dar muestra pública de los compromisos adquiridos. 

En cumplimiento de ese precepto se presentó en el lugar la princesa Ysabel acompañada del Arzobispo de Toledo y de Luis de Acuña, Obispo de Burgos, junto a doscientos caballeros, mientras que Enrique IV llegó acompañado de Juan Pacheco, Maestre de Santiago y de Alfonso de Fonseca, Arzobispo de Sevilla, Iñigo Manrique de Lara, obispo de Coria, el Adelantado Pedro López de Padilla, así como hasta mil trescientos caballeros, entre los que se encontraban los condes de Plasencia, los condes de Benavente, Miranda y Osorno.

También quiso el rey que estuviese presente la que había fungido como su mujer, Juana de Avis, en un acto donde iba a sellarse su divorcio, pero  Juana huyo de Arévalo embarazada de gemelos y acompañada de su amante Pedro de Castilla y Fonseca.

A pesar de haber sido pactados los puntos de la Concordia, Ysabel sabía que su hermanastro ocultaba una trampa: pretendían casarla con Alfonso V de Portugal, cuyo hijo, por su parte, casaría con Juana la Beltraneja, lo que significaba la subordinación de Ysabel, que se vería forzada a atender los pretendientes que le fuesen presentados por su hermano, si bien se guardaba su capacidad para aceptarlos. 

Finalmente dio comienzo en acto solemne de la Concordia, en el que intervino Antonio Jacobo de Veneris, Obispo de León y nuncio apostólico, que dejó sin efecto los juramentos prestados por los presentes y los ausentes en años anteriores, tras lo cual todos, y en primer lugar la princesa Ysabel, juraron como su rey a Enrique IV, que seguidamente nombró a Ysabel “princesa primogénita e legityma heredera” de León y Castilla, tras lo cual el nuncio dio por válido el acto y los notarios dieron fe pública.

Se estipulaba el divorcio del rey y de la reina Juana, a quien se envía al exilio, pero no a su hija Juana

como el dicho divorçio se faga, e la dicha reyna se vaya fuera destos dichos reynos e señorios, en manera que dentro de quatro meses primeros seguientes desde oy dicho dia todo ello sea fecho e cunplido e esecutado…/… es asentado e concordado que porque la dicha reyna non pueda levar nin lieve su fija consigo fuera de los dichos regnos 

En base a la Concordia, Ysabel, a quién se le concedía el principado de  Asturias y el señorío sobre las ciudades de Avila, Huete, Ubeda, Alcaraz; las villas.de Molina, Medina del Campo y Escalona, además de 870.000 maravedís, quedaba obligada a vivir con el rey y a casarse con quién él le indicase, siendo  que por su parte quedaba comprometido a olvidar a  Juana la Beltraneja.

También se disponía que, si acaso Enrique IV no cumplía los compromisos adquiridos con la princesa Ysabel, 

que los dichos arçobispo e maestre e conde e cada uno dellos se ayan de apartar e aparten del dicho señor rey, e se ayan de juntar e junten con la dicha señora infante, e la sirvan e sigan contra el dicho señor rey, e esten con ella, e fagan conplir e esecutar todo lo suso dicho e cada cosa dello, para lo qual el dicho señor rey por la presente escriptura les de liçençia e abtoridad. 

Actuando como notarios Fernando de Arze y Juan Brisyon el texto fue ratificado el 19 de septiembre de 1468, día siguiente al de su formulación, en presencia de nobles, eclesiásticos y vecinos de El Tiemblo, Cadalso de los Vidrios, San Martín de Valdeiglesias y Cebreros.

La jura de la Princesa fue confirmada en las Cortes de Ocaña de 1469, hecho que tendría que ser defendido cuando en 1471 Enrique IV se desdijo de lo jurado en los Toros de Guisando y rehabilitó como hija a Juana la Beltraneja.

Pero el documento original de la Concordia se extravió, lo que ha dado ocasión a que autores del siglo XX como Juan Bautista Sitges u Orestes Ferrara hablen de “interpolaciones en el documento” mientras otros, como Juan Torres Fontes o Jaime Vicens Vives, lo consideran una falsificación en todo o en parte.

Pero el medievalista Luis Suárez Fernández, apoyado en las aportaciones de Torres Fontes, que dio a conocer el Acta notarial de Guisando, y de María Ysabel del Val, que tomó el texto de una de las seis copias coetáneas que localizó en su investigación, certifica la autenticidad de la Concordia, confirmando así lo relatado por Fernando del Pulgar, cronista oficial de los Reyes Católicos, y por Jerónimo Zurita, cronista de Aragón.




BIBLIOGRAFÍA:

Asúa y Campos, Miguel de. Los Toros de Guisando y E l Convento de Jerónimos En Internet https://core.ac.uk/download/pdf/71510949.pdf Visita 30-1-2026

Barajas Gutiérrez, María. EL TESTAMENTO DE YSABEL LA CATÓLICA: UN ANÁLISIS JURÍDICO. En Internet https://uvadoc.uva.es/bitstream/handle/10324/76131/TFG-D_01913.pdf;jsessionid=283460FA61DED4EA4F7547D40514BEC4?sequence=1 Visita 30-1-2026

Gómez Mampaso, María Valentina. El documento del Pacto de los Toros de Guisando: estudios y estudiosos. En Internet https://es.scribd.com/document/452865923/Cometario-al-pacto-de-toros-de-guisando Visita 30-1-2026


Gómez Mampaso, María Valentina. Tratado de los Toros de Guisando. En Internet https://viajesjuridicos.com/2019/01/02/tratado-de-los-toros-de-guisando/ Visita 30-1-2026

Quevedo Nieto. Eva María. Toros de Guisando. El punto de partida para una mujer que cambiaría el mundo. En Inte rnet https://www.palaciorealtestamentario.es/2018/09/19/toros-de-guisando-el-punto-de-partida-para-una-mujer-que-cambiaria-el-mundo/  Visita 30-1-2026

Santamarina, Miguel Ángel. Tratado de los Toros de Guisando. En Internet https://www.zendalibros.com/tratado-de-los-toros-de-guisando/ Visita 30-1-2026


0 comentarios :

 
;